Queremos ayudarte a entender cómo elaborar el diagnóstico, diseño y la aprobación de tu plan de igualdad para empresas de forma sencilla.
Si quieres más información, puedes acudir a este enlace: https://www.igualdad.gob.es/Paginas/index.aspx
FASE 1: PUESTA EN MARCHA DEL PROECSO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD EN CANARIAS Y EN TENERIFE.
Es obligatorio negociar el diagnóstico y el plan de igualdad a través de la apertura de la negociación y la constitución de una comisión negociadora para aquellas empresas que:
· Tengan cincuenta o más personas trabajadoras en su plantilla
· Estén obligadas por el convenio colectivo que fuera de aplicación
· Las que hayan sido sancionadas por la autoridad laboral, sustituyendo las sanciones accesorias por la elaboración de un plan de igualdad.
Las que hayan sido sancionadas por la autoridad laboral, sustituyendo las sanciones accesorias por la elaboración de un plan de igualdad.
FASE DOS: EL DIAGNÓSTICO DEL PLAN DE IGUALDAD PARA EMPRESAS EN CANARIAS Y EN TENERIFE
En esta Fase se llevará a cabo un análisis de la situación de la empresa que permita detectar aquellos aspectos en los que puedan estar produciéndose situaciones de desigualdad o discriminación y sobre los que deberá actuar el futuro plan de igualdad.
Para ello, se procederá al estudio de datos cuantitativos y cualitativos.
El diagnóstico deberá extenderse a todos los puestos y centros de trabajo.
Todos los datos e indicadores estarán desagregados por sexo y se referirán, al menos, a las siguientes materias:
- Proceso de selección y contratación
- Clasificación profesional
- Formación
- Promoción profesional
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
- Infra representación femenina
- Retribuciones
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo
FASE 3: DISEÑO, APROBACIÓN Y REGISTRO DE LOS PLANES DE IGUALDAD PARA EMPRESAS EN CANARIAS Y EN TENERIFE
El DISEÑO consiste en planificar actuaciones en cada una de las materias objeto del plan en función de la información obtenida en el diagnóstico y las propuestas de mejora para cada materia. Una vez definidos los objetivos específicos de cada una, se determinarán las medidas para conseguir las mejoras necesarias en cada área.
LA APROBACIÓN: el PI será el resultado de las negociaciones y deberá plasmarse por escrito en un documento que contendrá todos los acuerdos adoptados. Cuando finalicen las negociaciones se acordará aprobar el plan y se firmará un acta de aprobación del plan de igualdad.
REGISTRO: en los quince días siguientes a la firma, el plan de igualdad deberá inscribirse en el Registro de Planes de Igualdad. El Registro es de acceso público y se solicita ante la autoridad laboral competente.